50 Centavos

Emisor Salta (Argentine provinces)
Año 1985
Tipo Local banknote
Valor 50 Centavos (0.50 ARA)
Moneda Austral (1985-1991)
Composición Paper
Tamaño 155 × 65 mm
Forma Rectangular
Impresor
Diseñador(es)
Grabador(es)
En circulación hasta 31 December 1987
Referencia(s) P#S2606
Descripción del anverso Brown on multicolour underprint. Spiral design and seal of the province of Salta at left, value at right.
Leyenda del anverso PROVINCIA DE SALTA BONO DE CANCELACION DE DEUDA LEY 6228 AL PORTADOR FECHA DE CADUCIDAD: 31 DE DICIEMBRE DE 1987. MINISTRO DE ECONOMIA GOBERNADOR CINCUENTA CENTAVOS CASA DE LA MONEDA ₳0,50
(Translation: PROVINCE OF SALTA DEBT CANCELLATION BONUS LAW 6228 TO THE CARRIER EXPIRY DATE: DECEMBER 31, 1987. ECONOMY MINISTER GOVERNOR FIFTY CENTS MINT)
Descripción del reverso Brown on pink and yellow underprint. Legal text at centre surrounded by frame.
Leyenda del reverso PROVINCIA DE SALTA - BONO CANCELACION DE DEUDA - LEY 6228 Artículo 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer la emisión de `Bonos de Cancelación de Deudas` a favor de los acreedores del Estado Provincial. Dichos Bonos podrán ser entregados, asimismo, a favor de los acreedores de entidades descentralizadas, entidades autárquicas, empresas y sociedades del Estado. Art. 2.- La emisión de tales bonos será de Pesos Argentinos un mil quinientos ($a 1.500.000.000). Los mismos se emitirán al portador o a la orden del acreedor, a elección de este, tendrán numeración correlativa y caducarán el 31 de diciembre de 1987. Los bonos se emitirán con las denominaciones, formalidades y leyendas que disponga el Poder Ejecutivo. Serán entregados por la Tesorería General de la Provincia o por las entidades descentralizadas, entidades autárquicas, empresas o sociedades del Estado, a los acreedores que así lo solociten. Art. 3.- Los bonos serán canjeados por su valor nominal en las condiciones, porcentajes y lugares que determine el Poder Ejecutivo, sin quebrantar el principio de igualdad entre los acreedores. Art. 4.- La administración central, los municipios, las entidades descentralizadas, las entidades autárquicas y las sociedades o empresas del Estado, aceptarán en cancelación total o parcial de sus créditos en dinero -sea cual fuere la causa de éstos- los bonos creados por esta ley. El Poder Ejecutivo establecerá las condiciónes, modalidades y porcentajes de los pagos por entrega de bienes cuyos objetos sean los bonos previstos por esta ley. Art. 5.- De forma. Emisión de Australes cinco millones (₳ 5.000.000). Decreto 2248 del 18 de noviembre de 1985.
Firma(s) Marcelo Emilio Cantarero, Roberto Romero,
Tipo de protección
Descripción de la protección
Variantes
ID de Numisquare 9407775770
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