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5 Pesos

Emisor Provincia de Chaco
Año 2001
Tipo Inicie sesión para ver los detalles
Valor Inicie sesión para ver los detalles
Moneda Inicie sesión para ver los detalles
Composición Inicie sesión para ver los detalles
Tamaño Inicie sesión para ver los detalles
Forma Inicie sesión para ver los detalles
Impresor Inicie sesión para ver los detalles
Diseñador(es) Inicie sesión para ver los detalles
Grabador(es) Inicie sesión para ver los detalles
En circulación hasta Inicie sesión para ver los detalles
Referencia(s) P#S0
Descripción del anverso Inicie sesión para ver los detalles
Leyenda del anverso PROVINCIA DEL CHACO
CERTIFICADOS DE CANCELACION DE OBLIGACIONES DE LA PROVINCIA DEL CHACO "QUEBRACHO"
AL PORTADOR
LEY N° 4951 / 01 - DECRETO N° 1690/01
FECHA DE EMISION: 12 DE OCTUBRE DE 2001
TASA DE INTERES: 8% ANUAL
FECHA DE VENCIMIENTO INTERES 1° CUOTA: 12 DE OCTUBRE DE 2002
FECHA DE VENCIMIENTO CAPITAL E INTERES 2° CUOTA: 12 DE ABRIL DE 2003
CINCO PESOS
SERIE 1
TESORERO GENERAL
MINISTERIO DE ECONOMIA OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
CASA DE MONEDA
Descripción del reverso Green-toned reverse dominated by a text-heavy layout on a light guilloche underprint, with the numeral '5' and 'PESOS' printed at upper right and lower left. The central area is occupied by five numbered articles (Artículos 4, 6, 8, 10, and a Conforme clause) setting out the legal terms of the Quebracho cancellation certificates, printed in Spanish letterpress. The issue authority line at the foot reads 'Resistencia, 3 de Octubre de 2001', and the header restates the full certificate title in bold capitals.
Leyenda del reverso CERTIFICADOS DE CANCELACION DE OBLIGACIONES DE LA PROVINCIA DEL CHACO "QUEBRACHO"
Ley N° 495/01 - Decreto N° 1690/01.-
Artículo 4: Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a emitir certificados de cancelación de obligaciones por las sumas necesarias para asegurar el cumplimiento y la efectivización de las obligaciones contempladas en la Ley de Presupuesto y en Leyes Especiales... Los Certificados se denominarán: "Certificados de Cancelación de Obligaciones de la Provincia del Chaco: QUEBRACHO".
Artículo 6: Los Certificados de Cancelación "QUEBRACHO", contendrán la formalidad y seguridad exigidas por los artículos 742 a 745 del Código de Comercio y demás condiciones que estime convenientes el Poder Ejecutivo.
Artículo 8: El pago de toda obligación dineraria, tanto pública como privada, efectuado con Certificados de Cancelación "QUEBRACHO", implicará la extinción irrevocable de la obligación.
Artículo 10: Los Certificados de Cancelación "QUEBRACHO" tendrán una paridad de uno igual a uno con el Peso Convertible de Curso Legal.
Conforme al Art. 18, los Certificados de Cancelación "QUEBRACHO" tienen la garantía de la Coparticipación Federal de Impuestos que les corresponden a la Provincia del Chaco
Resistencia, 3 de Octubre de 2001
5 PESOS
Firma(s) Inicie sesión para ver los detalles
Tipo de protección Inicie sesión para ver los detalles
Descripción de la protección Inicie sesión para ver los detalles
Variantes Inicie sesión para ver los detalles
Comentarios Inicie sesión para ver los detalles

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